Leviticus 25
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| v | Valera1602 |
|---|---|
| 1 | Y EL SEÑOR habló a Moisés en el monte de Sinaí, diciendo: |
| 2 | Habla a los hijos de Israel, y díles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os doy, entonces la tierra guardará sábado al SEÑOR. |
| 3 | Seis años sembrarás tu tierra, y seis años podarás tu viña, y cogerás sus frutos; |
| 4 | Y el séptimo año la tierra tendrá sábado de reposo, sábado al SEÑOR: no sembrarás tu tierra, ni podarás tu viña. |
| 5 | Lo que de suyo se naciere en tu [tierra] segada, no lo segarás; y las uvas de tu viñedo no vendimiarás: año de reposo será a la tierra. |
| 6 | Mas el sábado de la tierra os será para comer, a ti, y a tu siervo, y a tu sierva, y a tu criado, y a tu extranjero que morare contigo: |
| 7 | Y a tu ganado, y a la bestia que [hubiere] en tu tierra, será todo el fruto de ella para comer. |
| 8 | Y te has de contar siete sábados de años, siete veces siete años; de modo que los días de los siete sábados de años vendrán a serte cuarenta y nueve años. |
| 9 | Entonces harás pasar la trompeta de jubilación en el mes séptimo a los diez del mes; el día de la expiación haréis pasar la trompeta por toda vuestra tierra. |
| 10 | Y santificaréis el año cincuenta, y proclamaréis libertad en la tierra a todos sus moradores: éste os será jubileo; y volveréis cada uno a su posesión, y cada cual volverá a su familia. |
| 11 | El año de los cincuenta años os será jubileo: no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis [las uvas de] sus viñedos: |
| 12 | Porque [es] jubileo: santo será a vosotros; el producto de la tierra comeréis. |
| 13 | En este año de jubileo volveréis cada uno a su posesión. |
| 14 | Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano: |
| 15 | Conforme al número de los años después del jubileo comprarás de tu prójimo; [y] conforme al número de los años de los frutos te venderá él a ti. |
| 16 | Conforme a la multitud de los años aumentarás el precio, y conforme a la disminución de los años disminuirás el precio; porque [según] el número [de los años] de los rendimientos te ha de vender él. |
| 17 | Y no engañe ninguno a su prójimo; mas tendrás temor de tu Dios: porque yo [soy] el SEÑOR vuestro Dios. |
| 18 | Ejecutad, pues, mis estatutos, y guardad mis juicios, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros; |
| 19 | Y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta abundancia, y habitaréis en ella con seguridad. |
| 20 | Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? he aquí no hemos de sembrar, ni hemos de coger nuestros frutos: |
| 21 | Entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y hará fruto por tres años. |
| 22 | Y sembraréis el año octavo, y comeréis [aún] del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto comeréis [del] añejo. |
| 23 | Y la tierra no se venderá para siempre: porque la tierra [es] mía; que vosotros peregrinos y extranjeros [sois] para conmigo. |
| 24 | Y en toda la tierra de vuestra posesión, otorgaréis redención a la tierra. |
| 25 | Si tu hermano empobreciere, y vendiere [algo] de su posesión, y si su pariente viniere para redimirlo, entonces redimirá lo que su hermano hubiere vendido. |
| 26 | Y si el hombre no tuviere para redimirlo, pero consiguiere lo suficiente para redimirlo; |
| 27 | Entonces contará los años de su venta, y restituirá lo que quedare al varón a quien vendió, y volverá a su posesión. |
| 28 | Pero si no alcanzare su mano lo que basta para que vuelva a él, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión. |
| 29 | Y el varón que vendiere casa de morada en ciudad cercada, tendrá facultad de redimirla hasta acabarse el año de su venta: un año será el término de poderse redimir. |
| 30 | Y si no fuere redimida dentro de un año entero, la casa que [estuviere] en la ciudad murada quedará para siempre por de aquel que la compró, y para sus descendientes: no saldrá en el jubileo. |
| 31 | Mas las casas de las aldeas que no tienen muro alrededor, serán estimadas como un campo de tierra: tendrán redención, y saldrán en el jubileo. |
| 32 | Pero en cuanto a las ciudades de los levitas, siempre podrán redimir los levitas las casas de las ciudades que poseyeren. |
| 33 | Y el que comprare de los levitas, saldrá de la casa vendida, o de la ciudad de su posesión, en [el año del] jubileo: por cuanto las casas de las ciudades de los levitas es la posesión de ellos entre los hijos de Israel. |
| 34 | Mas la tierra del ejido de sus ciudades no se venderá, porque [es] perpetua posesión de ellos. |
| 35 | Y cuando tu hermano empobreciere, y se acogiere a ti, tú lo ampararás: como peregrino y extranjero vivirá contigo. |
| 36 | No tomarás usura de él, ni aumento; mas tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo. |
| 37 | No le darás tu dinero a usura, ni tu vitualla a ganancia: |
| 38 | Yo soy el SEÑOR vuestro Dios, que os saqué de la tierra de Egipto, para daros la tierra de Canaán, [y] para ser vuestro Dios. |
| 39 | Y si tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como siervo: |
| 40 | [Sino] como criado, [y] como extranjero estará contigo; [y] hasta el año del jubileo te servirá. |
| 41 | Entonces saldrá de contigo, él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá. |
| 42 | Porque [son] mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto: no serán vendidos a manera de siervos. |
| 43 | No te enseñorearás de él con dureza, pero tendrás temor de tu Dios. |
| 44 | Así tu siervo como tu sierva que tuvieres, serán de las naciones que están en vuestro alrededor: de ellos compraréis siervos y siervas. |
| 45 | Además compraréis de los hijos de los extranjeros que viven entre vosotros, y de los que del linaje de ellos son nacidos en vuestra tierra, que [están] con vosotros; los cuales tendréis por posesión: |
| 46 | Y los poseeréis por heredad para vuestros hijos después de vosotros, como posesión hereditaria; para siempre os serviréis de ellos; pero en vuestros hermanos los hijos de Israel, no os enseñorearéis cada uno sobre su hermano con dureza. |
| 47 | Y si el peregrino o extranjero que está contigo se enriqueciere, y tu hermano [que está] con él empobreciere, y se vendiere al peregrino o extranjero que está contigo, o a la raza de la familia del extranjero; |
| 48 | Después que se hubiere vendido, podrá ser redimido: uno de sus hermanos lo redimirá; |
| 49 | O su tío, o el hijo de su tío lo redimirá, o el cercano de su carne, de su linaje, lo redimirá; o si sus medios alcanzaren, él mismo se redimirá. |
| 50 | Y contará con el que lo compró, desde el año que se vendió a él hasta el año del jubileo: y ha de apreciarse el dinero de su venta conforme al número de los años, y se hará con él conforme al tiempo de un criado asalariado. |
| 51 | Si aún [fueren] muchos años, conforme a ellos volverá para su redención del dinero por el cual se vendió. |
| 52 | Y si quedare poco tiempo hasta el año del jubileo, entonces contará con él, [y] devolverá el precio de su redención conforme a sus años. |
| 53 | Como con tomado a salario anualmente hará con él: no se enseñoreará en él con aspereza delante de tus ojos. |
| 54 | Y si no se redimiere en esos [años], en el año del jubileo saldrá él, y sus hijos con él. |
| 55 | Porque los hijos de Israel son siervos para mí; son siervos míos, a los cuales saqué de la tierra de Egipto: Yo [soy] el SEÑOR vuestro Dios. |